Opinión

¿Política criminal o política criminológica?

Por Rodrigo Méndez.

Desde hace algunos años, la violencia en nuestro país ha incrementado exponencialmente y algunos analistas se lo atribuyen a la llamada “Guerra contra el narco” que emprendió el expresidente Calderón, entre otros factores. En este sentido, es necesario realizar una reflexión sobre las medidas que se han tomado para combatir las violencias y la delincuencia.

Bajo esta lógica, uno de los debates gira entorno a los beneficios de utilizar el término de política criminal o de política criminológica para hacer referencia a la prevención y/o represión del delito. Para algunas personas pueden ser términos que se utilizan indiscriminadamente al hablar sobre estrategias de seguridad pública, sin embargo, no hay nada más alejado de la realidad dado que tienen características particulares.

Por un lado, Vidaurri (2016) hace una extensa recopilación de los conceptos elaborados por teóricos destacados sobre la política criminal -principalmente penalistas- y se puede resumir en que es el conjunto de acciones que emprende el Estado para combatir la delincuencia.

A simple vista, esta definición podría parecer innovadora y funcional, pero en realidad es tan general que no establece sus propios límites, objetivos claros ni los medios para cumplirlos.

Por el otro lado, la situación de la política criminológica es bastante peculiar debido a que su mayor ventaja sobre la política criminal también es su principal desventaja. La razón es que hay pocos teóricos -y mucho menos criminólogos- que han dedicado obras o artículos científicos a su estudio y desarrollo.

Es ventaja porque se pueden sentar bases sólidas de acuerdo con los aciertos y desaciertos de la política criminal, pero es desventaja porque pocas personas se quieren tomar la molestia de construir algo casi desde cero.

En este contexto, el primer acierto de la política criminológica para diferenciarse eficazmente de la política criminal es convirtiéndose en lo que esta última no pudo, es decir, debe construirse desde las perspectivas teórica y práctica como una política pública. Así es, no política de Estado ni política gubernamental, sino política pública.

De este modo, estaría a la vanguardia junto con la seguridad ciudadana porque sería medible, incorporaría la participación ciudadana al proceso de toma de decisiones (Arellano, Blanco, 2013) y, por lo tanto, el ejercicio del recurso económico sería más eficaz porque se atenderían los problemas de inseguridad que más vulneran el tejido social.

El punto al que quiero llegar es que la distinción de la política criminológica con la política criminal y su clasificación como política pública son relevantes para el acontecer nacional dado que hace falta un cambio de paradigma en la administración de la seguridad.

Consecuentemente, son necesarias nuevas estrategias, herramientas e instrumentos para generar las condiciones necesarias de seguridad. Dicho en otras palabras, considero que no tiene sentido trabajar sobre las mismas viejas ideas en materia de seguridad que 1) nos trajeron al punto en el que estamos y 2) se han exhibido ineficientes para combatir la delincuencia.

En síntesis, la política criminal, históricamente, sentó las bases teóricas sobre el combate a la delincuencia por parte del Estado, sin embargo, es necesario un cambio de paradigma en la administración de la seguridad que contribuya, en términos reales y no discursivos, a disminuir los índices de delincuencia.

Por último, para que este cambio sea posible es necesario que las bases de la política criminológica estén acordes a los criterios de las políticas públicas porque solo así se generará una especie de sistema de aprendizaje que nos guiará hacia mejores resultados en materia de seguridad.

¿Y usted qué opina?

Fuente: Entrepreneur

 

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