Opinión

Rentabilidad fiscal en la gestión empresarial en crisis financiera por Covid-19.

Por Dagny Aquiahuatl Vázquez

Después de varios días, tratando de descifrar cómo podría mejorar la rentabilidad fiscal en la gestión patrimonial, hoy les traigo este artículo con claves importantes para aprovechar lo anteriormente mencionado. La pandemia Covid-19 ha generado una crisis que ha puesto en peligro la gestión patrimonial, esto debido a que los inversores en activos inmobiliarios ven como una baja los precios de sus bienes inmuebles y son muchos los inquilinos que no pueden hacer frente a su renta.

Parece ser que la rentabilidad del patrimonio no vendrá este año por las inversiones en acciones, o en bienes inmuebles, para los que hayan adquirido ciertos activos antes de estallar esta crisis. Por otra parte creo que en este caso sería, para los que han invertido en estos activos a partir de ahora y se beneficien de la recuperación del mercado inmobiliario y del bursátil, claro está,  será después de esta pandemia.

Dentro de este contexto la rentabilidad fiscal se ha convertido en un as bajo la manga para optimizar la gestión empresarial, y para sacar provecho al máximo, por esa razón te voy a mencionar puntos claves que debes de tener en cuenta.

  • Tributación conjunta o separada en el ISR

Este primer punto es importante puesto que es la elección de la tributación conjunta o separada que es la  base para que varíe de manera muy significativa una declaración de la renta. Dando a entender lo siguiente, si uno de los miembros de la sociedad no tiene rentas o estas se le reducen la tributación conjunta es la opción que más beneficios tiene para todos.

  • Utilización de sociedades para canalizar los rendimientos del patrimonio.

La creación de sociedades para administrar los patrimonios es la opción extendida, que minimiza el riesgo de pérdida del patrimonio personal y familiar esto para reducir la carga tributaria, es un derecho que tenemos como contribuyentes, debido a que incurran en varias normas tributarias, este derecho tiene que ampararse a lo más favorable y evitar la más onerosa.

  • Compensación de las pérdidas del patrimonio particular

Como todo en la vida hay ganancias y pérdidas pero en este caso son patrimoniales y de cierta manera son de ahorro, se podrán compensar cuando el resultado de la integración y compensación arroje saldos negativos que pueden compensarse con el saldo positivo o el relativo a las ganancias patrimoniales obtenidas que hablando en este periodo, hay un límite del 25% del saldo positivo.

  • Lugar para habitar

Amigos lectores: este punto es importante porque me gustaría que entendieran que hay que elegir nuestro domicilio por el régimen fiscal que se aplica a nuestros ingresos y patrimonio, esto debido a la elevada carga fiscal de rentas altas de determinados profesionistas, o a los elevados beneficios de determinadas empresas, esto provoca que tanto personas como empresas se instalen en otros países que podríamos  catalogar como paraísos fiscales.

Aquí me es importante  destacar que la determinación del régimen fiscal aplicable a ciertos rendimientos que obtienen personas físicas o empresas, en función de su residencia o el ejercicio de sus actividades, es fuente de conflicto entre contribuyentes y el ST por lo que mi sugerencia sería la creación de planes de control tributario tanto para personas físicas como para personas morales.

  • Aportaciones a planes de pensiones

Ahora bien dentro de los planes de pensiones que son aquellos productos financieros más aconsejados para optimizar la rentabilidad financiero-fiscal, esto debido a que reducen directamente la base inquisitoria de la declaración de la renta y se difiere el pago del impuesto de la renta hasta el momento de su rescate. Los fondos de inversión o depósitos que generan ganancias patrimoniales o rendimientos del capital mobiliario tributan en la base del ahorro, las prestaciones en planes de pensiones tributan como rendimientos del trabajo.         

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