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EL RECONOCIMIENTO DEL DERECHO AMBIENTAL EN MÉXICO Y SU HISTORIA INSTITUCIONAL

Por: Mtra. Cynthia Selene Leal Antúnez

En el marco del día mundial del medio ambiente que se celebra cada año desde la Conferencia Internacional de las Naciones Unidas de Estocolmo, Suecia en 1974 y que dio fuerza a los temas ambientales en la agenda política nacional e internacional, me parece oportuno hacer un breve recuento de lo que ha ocurrido en México.

El derecho humano a un medio ambiente adecuado para el desarrollo y bienestar, fue reconocido en el artículo 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en 1999. Sin embargo, en 2012 se publicó en el Diario Oficial de la Federación una reforma al mismo numeral, que cambió el término “adecuado” por “sano”, además de incorporar lo siguiente: “El Estado garantizará el respeto a ese derecho. El daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto por la ley… Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible. El Estado garantizará este derecho y la ley definirá las bases, apoyos y modalidades para el acceso y uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos, estableciendo la participación de la Federación, las entidades federativas y los municipios, así como la participación de la ciudadanía para la consecución de dichos fines.” Hecho que convierte a los elementos naturales en bienes jurídicamente tutelados, reconociendo entonces los derechos y obligaciones a los que somos acreedores, prevaleciendo en todo momento la protección de los recursos naturales que no solo atiendan las necesidades presentes, sino que no se comprometan las necesidades de las generaciones futuras. 

Ahora bien, si retrocedemos veintisiete años desde el reconocimiento del referido derecho humano, el surgimiento de una oficina de gobierno encargada de temas ambientales se da en 1972, con la creación de la Subsecretaría para el Mejoramiento del Ambiente que para entonces formaba parte de la Secretaría de Salubridad y Asistencia. No obstante, cuatro años después, en 1976, estos asuntos quedaron distribuidos entre cinco dependencias, que fueron: Secretaría de Salubridad y Asistencia, Secretaria de Asentamientos Humanos y Obras Públicas, Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos, Secretaria de Reforma Agraria y el Departamento de Pesca. 

Diez años más tarde, en 1982 se concentraron casi todos los temas ambientales en la Subsecretaría de Ecología, perteneciente a la entonces Secretaria de Desarrollo Urbano y Ecología (SDUE), relacionando desde ese momento al desarrollo urbano con los temas ambientales, en gran parte por el crecimiento de la  mancha urbana; mientras que el resto de los temas se encontraban en la Secretaria de Agricultura y Recursos Hidráulicos.

Pero fue hasta veinte años después, en 1992 que la SDUE se convierte en la Secretaría de Desarrollo Social para que en 1994 surgiera la Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca, dependencia que por primera vez a nivel nacional, se encargó de proteger y desarrollar políticas públicas relativas a las actividades de pesca y recursos naturales, tales como: agua, bosques, entre otros. Siendo el 2000, el año en que surge la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), dejando fuera a pesca para trasladarse a la Secretaría de Agricultura. Así es, que aun cuando resultaban relevantes los temas ambientales en 1972 no fue sino hasta 26 años después que se deslindó a estos temas del resto, dándole entonces la prioridad institucional que necesitaba. 

Existen a su vez organismos desconcentrados y descentralizados de la SEMARNAT que se especializan en distintos temas, que son: Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente; la Comisión de Nacional del Agua, dentro de su estructura se encuentra el Servicio Meteorológico Nacional; la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (CONANP); la Comisión Nacional Forestal; la Comisión Nacional para de Conocimiento y Uso de la Biodiversidad; el Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático; el Instituto Mexicano de Tecnología del Agua; la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad (CONABIO); y la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente. 

El constante recorte anual presupuestal en materia ambiental, reduce las posibilidades de una gestión adecuada y protección del derecho humano referido. No obstante, el reciente decreto de medidas de austeridad publicado el 23 de abril del año en curso, redujo en  75% el presupuesto generales, servicios e insumos de diversas instituciones, entre las se vieron afectadas la CONANP y CONABIO, impidiendo con esto que cumplan con sus objetivos.

Explicándolo en números, por ejemplo: de acuerdo con FUNDAR Centro de Investigación y Análisis A.C.,  la CONANP contaba a principios de año con el 2.5% del presupuesto ambiental en México para resguarda una superficie de 11.14% de la superficie terrestre nacional y el 22.05% de la superficie marina nacional, equivalente a 182 Áreas Naturales Protegidas a las que se les asigna $9.56 pesos por hectárea protegida. Las preguntas que surgen son: ¿Con qué recurso actuará ahora? ¿Cómo decidir dónde actuar y dónde no cuando todo es prioritario? ¿Cómo proteger los ecosistemas que constantemente son alterados?

La historia institucional nos muestra como aun cuando han transcurrido 48 años desde que los temas ambientales forman parte de la Administración Pública Federal, hay mucho por hacer. No existe el reconocimiento social por el respeto a los recursos naturales, ni tampoco un interés político hacía un área de la administración pública que cuenta con muchas carencias, mismas que no se podrán subsanar si se sigue viendo esta materia como un lujo y no como una necesidad para la preservación de la especie humana.

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