Alberto Palma Hérnandez | Insurgente Mx
En mayo 2020 la Comisión Nacional de Búsqueda (CNB) ha publicado el proyecto del Protocolo Homologado de Búsqueda de Personas Desaparecidas y No Localizadas (PPHB), es un documento rector que sirve de herramienta para regular la búsqueda, contiene acciones tendientes a descubrir la suerte y paradero de personas desaparecidas, brindarles auxilio y en caso necesario, una identificación forense con dignidad.
Se establecen los ejes rectores operativos, actores, roles y responsabilidades, tipos de búsqueda, procesos de localización, entre otros apartados. El PPHB hace referencia a los Principios Rectores para la Búsqueda de Personas Desaparecidas de la Organización de las Naciones Unidas, además no excluye modelos de protocolos similares vigentes en las entidades federativas.
Sin duda esto es otro logro de las familias de los desaparecidos, por ellos se ha creado la Ley General, las comisiones y ahora éste protocolo. En todo momento se garantiza el derecho de participación de las familias en la búsqueda, investigación y formulación de la política pública; y es una obligación del Estado realizar dichas funciones. De manera virtual los colectivos han podido discutir y aportar ideas sobre la mejora del proyecto, del cual coincido en los aciertos y puntos vulnerables.
La publicación del proyecto mismo es un gran acierto, que visibiliza voluntad por parte de la CNB. Se incluye el eje rector operativo “desformalización” que se refiere a desapegarse a rigurosidades formales, eliminando cualquier obstáculo legal o fáctico que reduzca la efectividad de la búsqueda; otro eje es el manejo de gestión y acceso a la información de datos personales que serán recabados conforme al principio pro persona respetando la confidencialidad. En dicho PPHB se otorga la facultad a las autoridades ministeriales de indagar bitácoras de redes sociales, sábanas telefónicas y geolocalización de la persona desaparecida. Se propone emitir un informe que al localizar a la persona con vida, se describa cuáles fueron las razones por las que no se podía comunicar con su familia, esto permitirá realizar patrones y estadísticas de incidencia.
Los puntos vulnerables que coincido con los colectivos es determinar la supervisión para el correcto funcionamiento del PPHB, así como las sanciones para los funcionarios públicos en caso de omisión a su responsabilidad. Se pide la efectividad en la identificación forense de todos los cadáveres en el Servicio Médico Forense (Semefo), su toma de muestra de perfil genético además de un mecanismo que permita la confronta de toda la información con otros Semefos del país. Realizar constantes búsquedas de personas en centros psiquiátricos (de rehabilitación) y penitenciarios ya que son privados de la libertad e ingresados con identidad incorrecta. También recalco que debe existir una efectiva comunicación entre autoridades ministeriales, comisiones de búsqueda, seguridad pública y familiares, pues el objetivo es localizar a la persona desaparecida.
En forma de sugerencia sería conveniente establecer un tiempo límite para que las autoridades ministeriales recaben los datos de geolocalización, sábanas telefónicas y bitácoras de redes sociales. Verificar que los Semefos cuenten con adecuada infraestructura, capacidad e insumos. Además, con el Sistema Nacional de Búsqueda (SNB) al cual pertenecen todas las fiscalías, coordinar la investigación en entidades federativas que tengan incidencia de trata de personas e iniciar una búsqueda por patrones, teniendo en cuenta que las mujeres son más vulnerables a ser víctimas de éste delito.
Los resultados no han sido los que quisiéramos, pero si hacemos retrospectiva hacia cinco o dos años veremos que se ha avanzado con el trabajo de la CNB pero sobretodo de los colectivos de familias; esperemos pronto tengamos un protocolo homologado de búsqueda. ¡Vivos se los llevaron, vivos los queremos!